Saludo del presidente

Luis Galán Soldevilla

Desde el Consejo Social de la Ciudad de Córdoba, le damos la bienvenida a su página Corporativa donde podrá encontrar aquellos datos de interés y los enlaces con las Instituciones que forman parte del Consejo, cumpliendo con ello con su primera obligación, estar al servicio de los vecinos de Córdoba, y a la vez, con el deber de transparencia respecto de su actividad.

El Consejo Social de la Ciudad de Córdoba, es el más importante y relevante instrumento de participación ciudadana a través de las personas e Instituciones que lo conforman, representantes, todos ellos, de la sociedad civil cordobesa y de sus distintas sensibilidades en el ámbito económico y social.

Aunque el actual Consejo Económico de la Ciudad de Córdoba encuentra su fundamento en la conocida como Ley de las Grades Ciudades, (Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Social, Ley 27/2013, de 27 de diciembre), la influencia de la tradición municipalista de participación ciudadana, en especial en Córdoba, hizo que casi veinte años antes, contara la ciudad con su antecedente el Consejo Económico y Social de Córdoba, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en el año 1.995 concebido “como un órgano consultivo, de opinión, un foro de diálogo y un cauce de participación de los diferentes agentes sociales, económicos, profesionales y vecinales de la ciudad con el Ayuntamiento.”

Se configura así el Consejo como un mecanismo participativo de carácter consultivo de las principales organizaciones económicas y sociales de la ciudad, centrado esencialmente en el campo del desarrollo local y de la planificación estratégica urbana, siendo de su responsabilidad la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico local, planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos, sin que tenga limitada la posibilidad de manifestarse respecto de cualesquier otros proyectos o asuntos de interés para la ciudad.

Dentro de sus funciones específicas, recogidas en sus normas de funcionamiento, se encuentra emitir dictámenes preceptivos sobre el Presupuesto Anual del Ayuntamiento, las Ordenanzas Municipales, las Ordenanzas Fiscales y expedientes en materia de Desarrollo Económico Local, Planificación Estratégica de la Ciudad o Grandes Proyectos Urbanos. También podrá emitir aquellos dictámenes que les sean solicitados por el Gobierno Municipal, y el Pleno de la Corporación, así como emitir Informes y estudios por propia iniciativa en el marco de las competencias que el Art. 131.2. de la Ley 7/85 RBRL (modificada por la Ley 57/2003 de medidas para la Modernización del gobierno local, atribuye al Consejo Social) , conocer la liquidación de los Presupuestos Municipales y emitir los informes que estimen convenientes, y así como elaborar la memoria Anual de actividades del Consejo Social y su valoración sobre la situación Económica, Social y Cultural del Municipio.

El carácter facultativo y no vinculante de sus estudios y dictámenes, el sistema de elección de sus miembros, a propuesta de cada una de las instituciones que la conforman, sindicatos, organizaciones empresariales, profesionales, asociaciones vecinales, universidad, la designación directa de solo tres consejeros por el Ayuntamiento, quien igualmente propone al presidente que, además, deberá contar con el apoyo de al menos dos tercios del Consejo, unido al carácter voluntario y sin contraprestación alguna, de sus miembros, le otorga y garantiza plena independencia en el ejercicio de sus funciones.

Esperamos, desde el Consejo, que la web le resulte de interés, sea útil y sirva para conocer sus actividades e informes.

Luis Galán Soldevilla Presidente del Consejo Social de Córdoba